La Ley Orgánica de Protección de Datos Personales reconoce y garantiza a los titulares el ejercicio de los derechos sobre sus datos personales. Estos derechos son personales y pueden ser ejercidos por el titular o su representante legal debidamente acreditado.
Mecanismo que permite al titular de datos personales ejercer sus derechos de acceso, rectificación, actualización, eliminación, oposición, portabilidad y suspensión del tratamiento, conforme a la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales.
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Presencial:
Nota: Posterior a la verificación de la identidad del titular de la información, se emitirá respuesta al correo electrónico señalado en el plazo
de 15 días.
Constitución de la República del Ecuador
Artículo 66, numeral 19.- Se reconoce y garantizará a las personas: 19) El derecho a la protección de datos de carácter personal, que incluye el acceso y la decisión sobre información y datos de este carácter, así como su correspondiente protección. La recolección, archivo, procesamiento, distribución o difusión de estos datos o información requerirán la autorización del titular o el mandato de la ley.
Ley Orgánica de Protección de Datos Personales
Artículo 13.- Derecho de acceso. – El titular tiene derecho a conocer y a obtener, gratuitamente, del responsable de tratamiento acceso a todos sus datos personales y a la información detallada en el artículo precedente, sin necesidad de presentar justificación alguna. El responsable del tratamiento de datos personales deberá establecer métodos razonables que permitan el ejercicio de este derecho, el cual deberá ser atendido dentro del plazo de quince (15) días. El derecho de acceso no podrá ejercerse de forma tal que constituya abuso del derecho.
Artículo 14.- Derecho de rectificación y actualización. – El titular tiene el derecho a obtener del responsable del tratamiento la rectificación y actualización de sus datos personales inexactos o incompletos. Para tal efecto, el titular deberá presentar los justificativos del caso, cuando sea pertinente. El responsable de tratamiento deberá atender el requerimiento en un plazo de quince (15) días y en este mismo plazo, deberá informar al destinatario de los datos, de ser el caso, sobre la rectificación, a fin de que lo actualice.
Artículo 15.- Derecho de eliminación. – El titular tiene derecho a que el responsable del tratamiento suprima sus datos personales, cuando:
1) El tratamiento no cumpla con los principios establecidos en la presente Ley;
2) El tratamiento no sea necesario o pertinente para el cumplimiento de la finalidad;
3) Los datos personales hayan cumplido con la finalidad para la cual fueron recogidos o tratados;
4) Haya vencido el plazo de conservación de los datos personales;
5) El tratamiento afecte derechos fundamentales o libertades individuales;
6) Revoque el consentimiento prestado o señale no haberlo otorgado para uno o varios fines específicos, sin necesidad de que medie
justificación alguna; o,
7) Exista obligación legal. El responsable del tratamiento de datos personales implementará métodos y técnicas orientadas a eliminar, hacer ilegible, o dejar irreconocibles de forma definitiva y segura los datos personales. Esta obligación la deberá cumplir en el plazo de quince (15) días de recibida la solicitud por parte del titular y será gratuito.
Artículo 16.- Derecho de oposición. El titular tiene el derecho a oponerse o negarse al tratamiento de sus datos personales, en los siguientes casos:
1) No se afecten derechos y libertades fundamentales de terceros, la ley se lo permita y no se trate de información pública, de interés público o cuyo tratamiento está ordenado por la ley.
2) El tratamiento de datos personales tenga por objeto la mercadotecnia directa; el interesado tendrá derecho a oponerse en todo momento al tratamiento de los datos personales que le conciernan, incluida la elaboración de perfiles; en cuyo caso los datos personales dejarán de
ser tratados para dichos fines.
3) Cuando no sea necesario su consentimiento para el tratamiento como consecuencia de la concurrencia de un interés legítimo, previsto en el artículo 7, y se justifique en una situación concreta personal del titular, siempre que una ley no disponga lo contrario. El responsable de tratamiento dejará de tratar los datos personales en estos casos, salvo que acredite motivos legítimos e imperiosos para el tratamiento que prevalezcan sobre los intereses, los derechos y las libertades del titular, o para la formulación, el ejercicio o la defensa de
reclamaciones. Esta solicitud deberá ser atendida dentro del plazo de quince (15) días.
Artículo 17.- Derecho a la portabilidad. – El titular tiene el derecho a recibir del responsable del tratamiento, sus datos personales en un formato compatible, actualizado, estructurado, común, inter-operable y de lectura mecánica, preservando sus características; o a
transmitirlos a otros responsables. La Autoridad de Protección de Datos Personales deberá dictar la normativa para el ejercicio del derecho a la portabilidad. El titular podrá solicitar que el responsable del tratamiento realice la transferencia o comunicación de sus datos personales a otro
responsable del tratamiento en cuanto fuera técnicamente posible y sin que el responsable pueda aducir impedimento de cualquier orden con el fin de ralentizar el acceso, la transmisión o reutilización de datos por parte del titular o de otro responsable del tratamiento. Luego de
completada la transferencia de datos, el responsable que lo haga procederá a su eliminación, salvo que el titular disponga su conservación. El responsable que ha recibido la información asumirá las responsabilidades contempladas en esta Ley. Para que proceda el derecho a la portabilidad de datos es necesario que se produzca al menos una de las siguientes condiciones:
1) Que el titular haya otorgado su consentimiento para el tratamiento de sus datos personales para uno o varios fines específicos. La transferencia o comunicación se hará entre responsables del tratamiento de datos personales cuando la operación sea técnicamente posible; en caso contrario los datos deberán ser transmitidos directamente al titular.
2) Que el tratamiento se efectúe por medios automatizados;
3) Que se trate de un volumen relevante de datos personales, según los parámetros definidos en el reglamento de la presente Ley; o,
4) Que el tratamiento sea necesario para el cumplimiento de obligaciones y el ejercicio de derechos del responsable o encargado del tratamiento de datos personales, o del titular en el ámbito del derecho laboral y seguridad social. Esta transferencia o comunicación debe ser económica y financieramente eficiente, expedita y sin trabas. No procederá este derecho cuando se trate de información inferida, derivada, creada, generada u obtenida a partir del análisis o tratamiento efectuado por el responsable del tratamiento de datos personales con base en los datos personales proporcionados por el titular, como es el caso de los datos personales que hubieren sido sometidos a un proceso de personalización, recomendación, categorización o creación de perfiles.
Art. 18.-Excepciones a los derechos de rectificación, actualización, eliminación, oposición, anulación y portabilidad.-Excepciones a los derechos de rectificación, actualización, eliminación, oposición, anulación y portabilidad. No proceden los derechos de rectificación, actualización, eliminación, oposición, anulación y portabilidad, en los siguientes casos:
1) Si el solicitante no es el titular de los datos personales o su representante legal no se encuentre debidamente acreditado; debidamente acreditado;
2) Cuando los datos son necesarios para el cumplimiento de una obligación legal o contractual;
3) Cuando los datos son necesarios para el cumplimiento de una orden judicial, resolución o mandato motivado de autoridad pública competente;
4) Cuando los datos son necesarios para la formulación, ejercicio o defensa de reclamos o recursos;
5) Cuando se pueda causar perjuicios a derechos o afectación a intereses legítimos de terceros y ello sea acreditado por el responsable de la base de datos al momento de dar respuesta al titular a su solicitud de ejercicio del derecho respectivo;
6) Cuando se pueda obstaculizar actuaciones judiciales o administrativas en curso, debidamente notificadas;
7) Cuando los datos son necesarios para ejercer el derecho a la libertad de expresión y opinión;
8) Cuando los datos son necesarios para proteger el interés vital del interesado o de otra persona natural;
9) En los casos en los que medie el interés público, sujeto al cumplimiento de los estándares internacionales de derechos humanos aplicables a la materia, al cumplimiento de los principios de esta ley y a los criterios de legalidad, proporcionalidad y necesidad;
10) En el tratamiento de datos personales que sean necesarios para el archivo de información que constituya patrimonio del Estado, investigación científica, histórica o estadística.
Art. 19.-Derecho a la suspensión del tratamiento.-El titular tendrá derecho a obtener del responsable del tratamiento la suspensión del tratamiento de los datos, cuando se cumpla alguna de las condiciones siguientes:
1) Cuando el titular impugne la exactitud de los datos personales, mientras el responsable de tratamiento verifica la exactitud de los mismos;
2) El tratamiento sea ilícito y el interesado se oponga a la supresión de los datos personales y solicite en su lugar la limitación de su uso;
3) El responsable ya no necesite los datos personales para los fines del tratamiento, pero el interesado los necesite para la formulación, el ejercicio o la defensa de reclamaciones; y,
4) Cuando el interesado se haya opuesto al tratamiento en virtud del artículo 31 de la presente ley, mientras se verifica si los motivos legítimos del responsable prevalecen sobre los del interesado.
De existir negativa por parte del responsable o encargado del tratamiento de datos personales, y el titular recurra por dicha decisión ante la Autoridad de Protección de Datos Personales, esta suspensión se extenderá hasta la resolución del procedimiento administrativo.
Cuando el titular impugne la exactitud de los datos personales, mientras el responsable de tratamiento verifica la exactitud de los mismos, deberá colocarse en la base de datos, en donde conste la información impugnada, que ésta ha sido objeto de inconformidad por parte del titular.
El responsable de tratamiento podrá tratar los datos personales, que han sido objeto del ejercicio del presente derecho por parte del titular, únicamente, en los siguientes supuestos: para la formulación, el ejercicio o la defensa de reclamaciones; con el objeto de proteger los derechos de otra persona natural o jurídica o por razones de interés pública importante.