El artículo 31 del Código Orgánico Monetario y Financiero establece «(…) El Banco Central del Ecuador deberá publicar los estados financieros mensuales, dentro del término de quince (15) días posteriores a la fecha de cierre de cada mes (…)».
Estado de Situación Financiera [Datos desde Dic. 2004 ]
Estados de Resultados [Datos desde Dic. 2004 ]
Balance General [Clasificado en los Cuatro Sistemas]
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