La Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera (JPRMF) aprobó el 22 de septiembre de 2020 la Resolución No. 603-2020-F orientada a la modificación de las “Normas que regulan Ia segmentación de la cartera de crédito de las entidades del sistema Financiero Nacional” y las “Normas que regulan la fijación de las tasas de interés activas efectivas máximas”, alineadas a la simplificación de segmentos crédito y al establecimiento de una nueva metodología de tasas de interés activas máximas. Esta Resolución busca introducir un sistema que permita reflejar adecuadamente la dinámica del mercado de crédito ecuatoriano de manera trasparente y confiable.
La aplicación de la nueva metodología para el cálculo de las tasas de interés activas máximas implica una adaptación operativa por parte de las entidades financieras nacionales, es así que esta empezará a implementarse en un plazo de cinco meses, ya que el Banco Central del Ecuador y las Superintendencias de Bancos y de Economía Popular y Solidaria deben modificar los procedimientos y mecanismos por medio de la revisión integral de los manuales, normativas y reglamentos vigentes para que las entidades del sistema financiero nacional puedan adoptar esta nueva metodología. Durante este periodo, se mantienen las tasas de interés activas efectivas máximas vigentes para cada uno de los segmento de crédito existentes, conforme lo establece la normativa.
La Resolución citada no pretende la eliminación de las normas que regulan la fijación de las tasas de interés activas efectivas máximas, la JPRMF continuará determinando las tasas de interés activas máximas de manera mensual de acuerdo a lo establecido en el Código Orgánico Monetario y Financiero.
El Banco Central del Ecuador informará oportunamente a entidades financieras y a los usuarios del sistema financiero, a través de fuentes oficiales, respecto al desarrollo de todo el proceso que involucra la simplificación de segmentos de crédito y la nueva metodología de cálculo de tasas de interés activas efectivas máximas.