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4.6
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Trámite orientado a emitir certificado de saldos solicitado por los usuarios de las cuentas corrientes de las entidades del sector privado [Instituciones financieras privadas, entidades participantes del mercado de valores (excepto emisores), sistemas auxiliares de pago y organizaciones donantes] y entidades del sector público [Instituciones financieras públicas y sector público], referente a la información de saldos existentes a una fecha específica.
Requisitos Básicos
- Oficio de solicitud de certificado de saldos
Pasos a seguir por el usuario
Trámite en línea Gob.Ec:
- Dar clic aquí.
- Registrar los campos solicitados.
- En el transcurso de un día laboral, se enviará respuesta a su requerimiento, conforme el correo electrónico registrado.
Trámite presencial:
- Presentar el oficio y solicitar turno para atención del trámite en el área de recepción del BCE.
- Entregar en balcón de servicios la solicitud para obtener el certificado de saldos de la cuenta corriente.
- Recibir el certificado de saldos de cuenta corriente.
Tiempo de ejecución del trámite
- 30 minutos.
Costo
- USD 2,00
Lugar donde se realiza el trámite
Ingreso de solicitud
Portal web Gob.Ec
Horario de atención
- Trámite presencial:
Acercarse a las oficinas del BCE:
- Matriz Quito: Av. 10 de Agosto N11-409 y Briceño, PB edificio matriz.
- Sucursal Guayaquil: Edificio Ex Suizo, calle Francisco P. Icaza #203 entre Pedro Carbo y Pichincha.
- Sucursal Cuenca: Calle Larga y Huayna Cápac.
- Horario de atención:
- Ingreso de solicitud en línea: sin restricción de horario.
- Para trámite presencial, de lunes a viernes de 08h30 a 15h30.
Notas
El trámite está orientado al siguiente tipo de usuarios:
- Entidades del sector privado: Bancos privados Nacionales, asociaciones mutualistas de ahorro y crédito para la vivienda, cooperativas de ahorro y crédito, cajas centrales, entidades de auxiliares de pago autorizadas por el BCE como Sistemas Auxiliares de Pago, entidades participantes del mercado de valores (excepto emisores).
- Entidades del sector público: Bancos públicos y corporaciones financieras públicas, entidades del sector público, empresas públicas, empresas de economía mixta y sociedades anónimas con participación del estado, gobiernos autónomos descentralizados y sus entidades adscritas, entidades de la seguridad social, fideicomisos en los que el BCE actúe como administrador fiduciario, fideicomisos cuyos aportes provengan de entidades, instituciones y organismos del sector público comprendidos en los artículos 225 y 315 de la Constitución de la República.
- Entidades extranjeras: Bancos Extranjeros, Instituciones Financieras Internacionales, Bancos Centrales, Gobiernos Extranjeros, Organizaciones Internacionales y Organizaciones Donantes.