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Dirección Nacional de Servicios Financieros

Proveer servicios financieros de banca central con eficiencia, eficacia, calidad y calidez con observancia de las normas legales, mediante una  adecuada gestión de cuentas corrientes, certificación electrónica, servicios a entidades públicas y cartas de créditos para cumplir con el rol de agente fiscal, financiero y depositario de fondos públicos.

GESTIONES INTERNAS:

GESTIÓN DE CERTIFICACIÓN ELECTRÓNICA

Portal web Entidad de Certificación

GESTIÓN DE CUENTAS CORRIENTES

SISTEMA RECAUDACION SECTOR PÚBLICO

Entidades Corresponsales del Banco Central del Ecuador
Ficha Técnica Estructuras de Información para Corresponsales
Resolución Administrativa BCE-GG-009-2021
Aviso Importante para Gobiernos Autónomos Descentralizados - Circular Nro.MEF-STN-2018-0010

Convenio de Servicios de Recaudación
Códigos de Ingresos
Catálogo de Instituciones y Entidades Operativas Desconcentradas del Sector Público
Catálogo Instituciones Financieras

BALCÓN DE SERVICIOS

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GESTIÓN DE CARTAS DE CRÉDITO

La carta de crédito o crédito documentario, es un instrumento de pago de operaciones de comercio exterior con el cual, se genera el compromiso que asume un Banco Emisor (BCE), por cuenta de su cliente importador (Entidad Pública Ordenante), de pagar al vendedor (Exportador del exterior) una determinada cantidad, contra la entrega de cierta documentación previamente convenida.

Se instrumentan de acuerdo con las Reglas y Usos Uniformes Relativos a los Créditos Documentarios - UCP 600 de la Cámara de Comercio Internacional - ICC, conocidas también como "brochure 600".

En comparación con los demás instrumentos o medios de pago que son normalmente utilizados en las operaciones de comercio internacional, como son las cobranzas (UCP 522), órdenes de pago, transferencias, etc., las cartas de crédito ofrecen mayor seguridad a las partes.

Presentación de Cartas de Crédito

Normativa

Tarifas

Manual de Operación de Usuario

 

Requisitos para la emisión de una Carta de Crédito

1. Formulario de solicitud de apertura de Carta de Crédito.

2. Oficio de la entidad solicitante para la apertura de Carta de Crédito.

3. Copia de contrato, nota de pedido, factura proforma o su similar.

4. Autorización para importación emitida por SERCOP.

5. Copia de la póliza de seguro de transporte de la mercadería o un oficio en el cual se indica que la mercadería está asegurada.

 

Requisitos para registrarse como Ordenante Registrador o Autorizador en el Sistema de Cartas de Crédito

1. Formulario de solicitud para la creación, modificación o eliminación de identificador de usuarios al sistema de Cartas de Crédito.

2. Copia de la acción de personal del usuario a registrarse.

3. Copia del nombramiento de representante legal de la Institución.

4. Copia del RUC de la institución.